REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, dieciocho de octubre de dos mil trece
203º y 154º

SENTENCIA

ASUNTO : RP31-L-2013-000211
PARTE ACTORA : JOSE ZAMBRANO ALIENDRE
PARTES DEMANDADA: COMPLEJO METALURGICO DE CUMANA S.A (COMMETASA)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Vista la diligencia presentada por la ciudadano JOSE ALBERTO LARES PINTO, titular de la cedula de identidad N°5.336.804, asistido por la abogada en ejercicio, ADRIANA TERIUS, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 93.152, manifestando que Desiste del procedimiento intentado contra la sociedad mercantil COMPLEJO METALURGICO DE CUMANA S.A (COMMETASA), este Tribunal Segundo de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
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La Juez,

Abg. ZORAIDA LEMUS ROMERO

El secretario