REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 02 de Octubre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AF45-U-1988-000007 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N
ASUNTO ANTIGUO: 565
Vista la Sentencia Definitiva No. 1514 de fecha 02 de Diciembre de 2008, mediante la cual declaró LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA, contenida en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano IVOR ORTEGA FRANCO actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil “COMPAÑÍA ANÓNIMA PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS INDUSTRIALES DE BARQUISIMETO (COMDIBAR, C.A.)”, contra: el Oficio No. HRCO-510-3091, de fecha 14/04/1988, emitido por Administración de Hacienda Región Occidental y las Planillas de Liquidación emanadas de la extinta Dirección General de Rentas del Ministerio de Hacienda – hoy Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas – descritas de la siguiente manera: Nos.: 03-10-03-01-70-000663 de fecha 29/06/1984, 03-10-02-01-70-000752 de fecha 16/07/1984, 03-10-02-01-70-000753 de fecha 16/07/1984, 03-10-03-01-70-000756 de fecha 16/07/1984, 03-10-03-01-70-001244 de fecha 13/09/1984, 03-10-03-01-70-001361 de fecha 24/09/1984, 03-10-03-01-70-003602 de fecha 18/12/1984, 03-10-03-01-70-002212 de fecha 28/10/1985, 03-10-03-01-70-000683 de fecha 16/10/1987 y 03-10-03-01-70-000855 de fecha 27/11/1987, por concepto de intereses moratorios, todo por una suma total de ONCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCO BOLÍVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 11.672.405,34) y visto igualmente que en fecha 20 de Septiembre de 2013, se declaró Definitivamente Firme, en consecuencia, se declara terminada la causa y ordena el archivo definitivo del expediente.-
LA JUEZ


Abg. BERTHA ELENA OLLARVES HERRERA
LA SECRETARIA


Abg. ANAMAR HERRERA GUAITA
La presente Sentencia Interlocutoria S/N, se dictó en fecha dos (02) de Octubre de 2013, siendo las nueve y quince (09:15 a.m.) Hora de la mañana.
LA SECRETARIA



ANAMAR HERRERA GUAITA
ASUNTO: AF45-U-1988-000007
ASUNTO ANTIGUO: 565
BEOH/AHG/CJCV.