REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 21 de Octubre de 2013
203º y 154º

EXPEDIENTE: AP11-M-2011-000520.-.

Visto el escrito de pruebas promovido por la representación judicial de la parte actora en el presente juicio, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre las mismas, previamente observa:
De las pruebas promovidas por la parte demandante:
Este Tribunal vistas las pruebas promovidas en su oportunidad legal por la ciudadana MARÍA EUGENIA BLANCO ALFONZO, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 143.769, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, esta juzgadora por cuanto observa que no son manifiestamente ilegales o impertinentes, se dan por admitidas de conformidad con lo establecido en el Artículo 400 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ TITULAR,
ABG. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-

EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. LEONARDO MARQUEZ.-
AMCdeM/LM/EM.-