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Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 y Nacional de Adopción Internacional
 Caracas, 11 de Octubre de 2.013
 203º y 154º
 
 ASUNTO: AP51-J-2012-006313
 SOLICITANTE: SONIA DEL CARMEN CAMPOS BARRIENTOS, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V-9.728.683.
 ABOGADO ASISTENTE: LUISA ELENA BRACHO DE MARQUEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 49.460.
 MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
 
 Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana SONIA DEL CARMEN CAMPOS BARRIENTOS, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V-9.728.683, asistida por la Abogado LUISA ELENA BRACHO DE MARQUEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 49.460; éste Tribunal observa: En fecha 10/10/2013, se levantó Acta dejando constancia de la no comparecencia de la solicitante antes mencionada, lo cual conforme a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se considera DESISTIDO por la solicitante, en consecuencia, éste Juez del Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, declara DESISTIDA la presente SOLICITUD conforme a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Especial que rige la materia, Y ASÍ SE DECIDE.
 PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
 Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Octavo (8°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los once (11) días del mes de Octubre de Dos Mil Trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
 EL JUEZ,
 
 
 
 ABG. RAFAEL VILLAVICENCIO PIÑA.-
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 
 ABG. DAYANNA ESTABA BERMUDEZ.-
 
 
 
 Stephanie*
 
 
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