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Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 y Nacional de Adopción Internacional
 Caracas, 11 de Octubre de 2.013
 203º y 154º
 
 ASUNTO: AP51-J-2013-017624
 
 Vista la Solicitud de Curatela presentada por la ciudadana JOSEINNY MADERLING RIVAS PERDOMO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-18.444.980, asistido por el Abogado de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita, Dirección General de Justicia, Instituciones Religiosas y Cultos, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. Abg. JOSÉ OLIVO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 204.167; éste Juez del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCIERNE en la persona de la ciudadana JULIEN JOSEFINA RIVAS RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-7.660.490, el cargo de CURADORA AD-HOC, de la niña SE OMITEN DATOS. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede y del escrito de solicitud, a los fines de que surtan sus efectos legales correspondientes. Cúmplase lo ordenado.-
 EL JUEZ,
 
 ABG. RAFAEL VILLAVICENCIO PIÑA.-
 LA SECRETARIA,
 
 ABG. DAYANNA ESTABA BERMUDEZ.-
 Stephanie*
 
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