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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
 Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación
 Caracas, 21 de Octubre de 2013
 203º y 154º
 
 ASUNTO: AP51-J2013-018859
 MOTIVO: Título de Únicos y Universales Herederos
 SOLICITANTE: ORBELYS YOHANNYS VILLANUEVA COLINA, venezolana, mayor de edad y  titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.185.149
 ABOGADA: LORENA RON, Defensora Pública 13°
 DE CUJUS: MAIKEL ENRIQUE VARGAS PEREZ
 
 Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana ORBELYS YOHANNYS VILLANUEVA COLINA, venezolana, mayor de edad y  titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.185.149, actuando como madre y representante legal del niño ***, de diez (10) años de edad, este Tribunal observa del acta de fecha 18/10/2013, cursante a los folios 11 y 12 del presente asunto, que fueron promovidos y evacuados las declaraciones de las testigos, ciudadanos PRISCILA MARIA COLMENARES y WILLIAMS MARTINEZ,  plenamente identificados en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a la ciudadana  ORBELYS YOHANNYS VILLANUEVA COLINA, venezolana, mayor de edad y  titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.185.149 y a su hijo ***, de diez (10) años de edad, como beneficiarios del de cujus MAIKEL ENRIQUE VARGAS PEREZ, quien en vida fuere titular de la cédula de identidad N° V-16.202.552. Por último, se acuerda el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
 
 PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
 Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día veintiuno (21) de Octubre de dos mil Trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
 LA JUEZ
 
 ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. LUISA OLIVEROS
 
 
 LCD/LO/Brey*
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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