REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Año 202º y 153º

ASUNTO: KP02-L-2012-001775
PARTE DEMANDANTE: RUBEN ANTONIO MOGOLLON, JONNY ANTONIO ROJAS, ISRAEL ALFONSO MAMBEL REYES, JAIRO DE JESUS ANDRADE, ALEXANDER DE JESUS GUEDEZ CEIBA, ORANGEL LINARES, HUGO ALBERTO MOGOLLON, OSWALDO VICENTE SILVA MARQUEZ, JONNY JOSE CHAVEZ DUN, JOSE MARIA ROGRIGUEZ MENDEZ, EDGAR SANTAGO ROJAS CUELLO, GERARDO JOSE QUERALES CASTRO y CARLOS ENRIQUE TIMAURE AREVALO, titulares de la cedula de identidad Nros. 14.372.158, 14.404.034, 7.433.431, 15.445.098, 13.189.780, 11.541.039, 7.363.387, 16.641.089, 10.120.512, 10.842.458, 7.438.520, 12.020.390 y 12.018.052, respectivamente.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE RAFAEL COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 161.478
PARTE DEMANDADA: INDUSTRIAS VANDER ROHE C.A.
ABOGADOS APODERADOS DE LA DEMANDADA: EGILDA GONZALEZ y RAFAEL GARRIDO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 92.307 y 119.579, respectivamente.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

Hoy, 31 de octubre de 2013, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Alguacil CESAR ALVARADO, encargado de anunciar la misma indica de la inasistencia al acto por parte de la parte demandante. En consecuencia se deja constancia que la parte actora, ciudadanos RUBEN ANTONIO MOGOLLON, JONNY ANTONIO ROJAS, ISRAEL ALFONSO MAMBEL REYES, JAIRO DE JESUS ANDRADE, ALEXANDER DE JESUS GUEDEZ CEIBA, ORANGEL LINARES, HUGO ALBERTO MOGOLLON, OSWALDO VICENTE SILVA MARQUEZ, JONNY JOSE CHAVEZ DUN, JOSE MARIA ROGRIGUEZ MENDEZ, EDGAR SANTAGO ROJAS CUELLO, GERARDO JOSE QUERALES CASTRO y CARLOS ENRIQUE TIMAURE AREVALO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 14.372.158, 14.404.034, 7.433.431, 15.445.098, 13.189.780, 11.541.039, 7.363.387, 16.641.089, 10.120.512, 10.842.458, 7.438.520, 12.020.390 y 12.018.052, respectivamente, no hicieron acto de presencia, ni por si, ni por medio de apoderado alguno. Así mismo se deja constancia, que comparecen por la parte demandada los abogados EGILDA GONZALEZ y RAFAEL GARRIDO, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 92.307 y 119.579, respectivamente, apoderados judiciales. De conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202° y 153°.


El Juez


Abg. José Tomas Álvarez Mendoza.
La Secretaria


Abg. Anniely Elías Corona

El Alguacil
Parte Demandada