REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.



EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 25 de octubre del año 2013.-
203° y 154°

SOLICITUD N°: 7559
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: LOURDES VIRGINIA ANGULO FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.094.751, asistida en este acto por la abogada JOSMAR ELVIRA GALLARDO MENDOZA, inscrita en el IPSA bajo el N° 106.289.
En relación a la solicitud presentada por la ciudadana LOURDES VIRGINIA ANGULO FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.094.751, asistida en este acto por la abogada JOSMAR ELVIRA GALLARDO MENDOZA, inscrita en el IPSA bajo el N° 106.289, actuando en su condición de esposa del De-Cujus LUIS ENRIQUE MARCHAN CHÁVEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.364.753, y falleció ab-intestato el día 04 de julio del año 2013, quien en vida era padre de los ciudadanos KARINA VERÓNICA MARCHAN ANGULO, LUIS MIGUEL MARCHAN ANGULO y LUIS ENRIQUE MARCHAN ANGULO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad, N° V-17.552.380, V-19.641.979 y V-19.641.980. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado a los testigos promovidos por la mencionada ciudadana, dejando a salvo los Derechos de Terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos LOURDES VIRGINIA ANGULO FIGUEREDO, KARINA VERÓNICA MARCHAN ANGULO, LUIS MIGUEL MARCHAN ANGULO y LUIS ENRIQUE MARCHAN ANGULO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-7.094.751, V-17.552.380, V-19.641.979 y V-19.641.980 respectivamente, asistidos en este acto por la abogada JOSMAR ELVIRA GALLARDO MENDOZA, inscrita en el IPSA bajo el N° 106.289, actuando la primera en su condición de esposa y los últimos tres en su condición de hijos del De-Cujus LUIS ENRIQUE MARCHAN CHÁVEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.364.753, y falleció ab-intestato el día 04 de julio del año 2013. Y ASÍ SE DECIDE. Devuélvanse las actuaciones al solicitante, tal como fue solicitado en el escrito de la solicitud, expídanse tres (03) copias certificadas del presente expediente, procédase de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, firmando la secretaria cada uno de sus folios y al pie de la certificación.

Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los veinticinco (25) días del Mes de octubre de 2013. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. YOVANI G. RODRÍGUEZ C.-
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. SALLY E. SEGOVIA MOSKALA

En la misma fecha siendo las 01:30 pm., se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. SALLY E. SEGOVIA MOSKALA



YGRC/SESM/yp.
Exp. 7559-