REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013.-
Años 203° Y 154°
Vista la diligencia suscrita en fecha 25 de Septiembre del presente año, por el abogado Raúl Miguel Juan Felipe Ramírez Senia, inscrita en el Inprebogado bajo el Nº 67.032, quien actual por su propia en su representación, mediante la cual se da por notificada de la sentencia proferida por este Juzgado en fecha 08 de febrero de 2012, asimismo solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte demandada ciudadano Salvador Lairet Sotillo, en consecuencia, se ordena la notificación de las personas antes señaladas o en la persona de su apoderado judicial de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil
EL JUEZ
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO

RICHARS MATA



VGJ/RM/kl.
Exp. AC71-R-2011-000444


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013.-
Años 203° Y 154°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano SALVADOR LAIRET SOTILLO, titular de la cedula 16.246.404 o a sus apoderados judiciales abogados José Luís Lacruz Smith, Juan Rafael Rodríguez Regetti Graciany Tescari, Ricardo José Paz González, Manuel Andrés Romero Amparan, Xamira Coromoto Goya Torres, Domingo Alberto Parilli Amparan y Verónica Merino Bouzas, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 97.624, 131.185, 122.221, 110.273, 107.058, 122.444, 144.709 y 148.067, respectivamente, parte demandada, en el juicio que por Intimación de Honorarios Profesionales, sigue en su contra el ciudadano Raúl M. Ramírez Senia, sustanciado en el expediente signado con el número AC71-R-2011-000444, nomenclatura llevada por este Tribunal; Este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, en virtud de la sentencia proferida en fecha 08 de Febrero de 2012.
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ

Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kl. Exp. AC71-R-2011-000444