REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y EN MATERIA DE REENVIO EN LO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 19 de septiembre de 2013
203° y 154°
Ponenta: Jueza Integrante: Otilia D.Caufman
Resolución Judicial N° 362-13
Asunto Nº CA-1629-13-VCM
Analizado el Recurso de Apelación presentado en fecha 26 de agosto de 2013 por la ciudadana Giovanna Lander Salazar, Defensora Pública Segunda actuando en colaboración con la Defensoría Primera con competencia sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, adscrita a la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de agosto de 2013, mediante el cual el Juzgado Segundo en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de esta Circunscripción Judicial y sede, decretó la privación judicial preventiva de libertad de su representado, ciudadano Manuel Enrique Arias Briceño, titular de la cedula de identidad N° V-7.210.119, esta Instancia revisora, se pronuncia en los términos siguientes:
DE LA ADMISIBILIDAD
Verificadas las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 428 literales a. b. y c., del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se constata inequívocamente la legitimación activa de la recurrenta, la interposición del recurso se produjo en el lapso establecido en la Sentencia Nº 1268 de fecha 14 de agosto de 2012, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como se evidencia del cómputo efectuado por la secretaria del juzgado anexo al folio 50 de las actuaciones, y se trata de una decisión recurrible conforme las previsiones del artículo 439.4 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal; conllevando a esta Corte de Apelaciones, declarar la admisibilidad del recurso en cuestión. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Admite el recurso de apelación presentado por la ciudadana Giovanna Lander Salazar, Defensora Pública Segunda actuando en colaboración con la Defensoría Primera con competencia sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, adscrita a la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de agosto de 2013, mediante el cual el Juzgado Segundo en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de esta Circunscripción Judicial y sede, decretó la privación judicial preventiva de libertad de su representado, ciudadano Manuel Enrique Arias Briceño, titular de la cedula de identidad N° V-7.210.119.
Regístrese, déjese copia y cúmplase.-
LAS JUEZAS INTEGRANTES
RENEE MOROS TROCCOLI
PRESIDENTA
OTILIA D. CAUFMAN
Ponenta
DOCTORA NANCY ARAGOZA ARAGOZA
EL SECRETARIO,
NATANAEL RAMON GORRIN
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,
NATANAEL RAMON GORRIN
RMT/OC/NAA/nrg/oc/rmt.
Asunto Nº CA-1629-13-VCM