REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL EN FUNCION DE EJECUCION Nº 3
Barquisimeto, 10 de Septiembre del 2013
Años: 203º y 154º
ASUNTO: KP01-P-2009-008688

EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL

Se procede a revisar el presente asunto y por cuanto se evidencia que {.....}, titular de la Cédula de Identidad {.....}, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO AÑOS, UN MES Y QUINCE DÍAS DE PRISIÓN, por los delitos de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 452 numeral 8del Código Penal en concordancia con el articulo 80 ejusdem, artículos 215 y 218 del Código Penal y Articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y de la revisión del Cómputo de Pena, se constata que Cumplió la misma, en consecuencia se Declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal por Cumplimiento de la Condena de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal; Y Así se Decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 3 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a {.....}, titular de la Cédula de Identidad {.....}, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal.
Líbrese Boleta de Excarcelación; Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa Pública y al Penado.
Regístrese, Publíquese, Ofíciese y Notifíquese
EL JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 3




ABG. FRAN DANIEL MONSALBE
Juez Suplente LA SECRETARIA