REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Veinte (20) de Septiembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: GP02-L-2013-001195

Vista la diligencia que antecede, de fecha 17 de Septiembre de 2013, suscrita por la abogada MARBELLA ESPINOZA, inscrita en el Inpreabogado N.° 24.501, actuando en este acto con el carácter de apoderada judicial del demandante FRAILER ANTONIO ESCALANTE, a través de la cual DESISTE de la demanda contra la demandada C.A. METRO DE VALENCIA.. Este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, visto el desistimiento presentado contra la C.A. METRO DE VALENCIA, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos indicados por el demandante, es decir solo en los que respecta a la demandada solidariamente, C.A. METRO DE VALENCIA, dándole efectos de Cosa Juzgada. Ahora bien, por cuanto el demandante a través de su abogada insiste en la demanda contra la empresa CONSORCIO GHELLA, el Tribunal deja constancia que el proceso continuara con esta empresa demandada y se fijara la Audiencia Preliminar, cuando conste en autos la notificación de la misma. Así se decide.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S

La Secretaria

Abg. MARIA ALEJANDRA GUZMAN