REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

CARACAS, ( ) DE DE 2014

204º y 155º

En fecha 2 de octubre de 2009, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº 09-1587 de fecha 25 de septiembre de 2009, emanado del Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual el remitió cuaderno separado contentivo de la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada conjuntamente en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Abogado Luis Oswaldo Hernandez Sanguino, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nro. 29.944, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Empresa Mercantil C.A. DE TRANSPORTE SAHERCO, inscrita en el libro del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, bajo el Nº 57, tomo 46-A, contra la providencia administrativa Nº 2009-000102, emanada de la INSPECTORÌA DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR.

Dicha remisión se efectuó en virtud de haberse oído en un solo efecto en fecha 25 de septiembre de 2009, el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de septiembre de 2009, por la Abogado Richard Sierra, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nro 37.728 actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte recurrente, contra la sentencia dictada en fecha 10 de julio de 2009, por el referido Juzgado Superior, que declaró Improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitados.

En fecha 8 de octubre de 2009, se dio cuenta a la Corte.

En fecha 13 de octubre de 2009, se designó Ponente al Juez Andrés Eloy Brito, y se concedieron seis (6) días continuos correspondientes al término de la distancia y se fijó el lapso de diez (10) días de despacho para presentar escrito de informes.

En fecha 5 de noviembre de 2009, se ordenó pasar el presente expediente al Juez Ponente.

En fecha 12 de noviembre de 2009, se pasó el presente expediente al Juez Ponente.

En fecha 10 de mayo de 2010, en virtud de la incorporación del Juez Efrén Navarro, fue reconstituida esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: Enrique Sánchez, Juez Presidente; Efrén Navarro, Juez Vicepresidente; y María Eugenia Mata, Juez.

En fecha 17 de mayo de 2010, se reasigno la ponencia al Juez Efrén Navarro y se le ordeno pasar el presente expediente.

En fecha 31 de enero de 2011, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, de la Abogada Flor Zambrano, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la parte recurrente, escrito solicitando sentencia.

En fecha 5 de marzo de 2012, se reconstituyó esta Corte, quedando integrado la junta directiva de la siguiente manera: Efrén Navarro, Presidente; María Eugenia Mata, Vicepresidente; y Marisol Marin, Juez; esta Corte se aboca al conocimiento de la presente causa.

En fecha 17 de marzo de 2014, en virtud de la incorporación a este Órgano Jurisdiccional de la Abogada Miriam E. Becerra T, quedó reconstituida su Junta Directiva de la siguiente manera: EFRÉN NAVARRO, Juez Presidente; MARIA EUGENIA MATA; Juez Vicepresidente y MIRIAM E. BECERRA T., Juez.

En fecha 2 de abril de 2014, esta Corte se aboco al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba, reanudándose de la misma una vez transcurrido el lapso previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa esta Corte a decidir previa las siguientes consideraciones:

ÚNICO
Corresponde a esta Corte decidir sobre el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de septiembre de 2009, por el Abogado Richard Sierra, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Empresa Mercantil C.A. de Transporte Saherco, contra la sentencia dictada en fecha 10 de julio de 2009, por el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, que declaró Improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra la referida Inspectoría.

Ello así esta Corte considera oportuno ORDENAR al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, para que dentro de un lapso no mayor a diez (10) días de despacho, mas dos (2) días continuos correspondientes al término de la distancia, contados a partir de su notificación, informe sobre el estado actual de la causa principal, siendo que en caso de haberse dictado sentencia definitiva en el recurso de nulidad interpuesto, remita a este Órgano Jurisdiccional copia certificada de la referida sentencia. Así se decide.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado. Déjese copia de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los _________________ (____) días del mes de _________________ del año dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.

El Juez Presidente,




EFRÉN NAVARRO
Ponente

La Juez Vicepresidente,



MARÍA EUGENIA MATA


La Juez,




MIRIAM E. BECERRA T.


El Secretario,




IVÁN HIDALGO

Exp. Nº AP42-R-2009-001257
EN/

En fecha______________________________ ( ) de __________________________ de dos mil catorce (2014), siendo la(s) _________________ de la ___________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ___________________.


El Secretario,