REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 30 de abril de 2014
203º y 155º

ASUNTO: AP21-L-2011-004112

En la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos, incoada por la ciudadana Jenny Karim Meza Pérez, titular de la cédula de identidad Nº 6.007.606; contra la Fundación Teresa Carreño; en la cual luego de diversas actuaciones, por auto de fecha 14 de febrero de 2012 (folio Nº 23), se ordenó la notificación de la parte demandante, para lo cual se libraron las correspondientes boletas de notificación, sin embargo, de las consignaciones realizadas por el Alguacilazgo de fechas 29 de febrero de 2012 y 16 de julio de 2012, se observa que no fue posible su ubicación, por mudanza y hasta la presente fecha no consta a los autos actuación alguna que evidencie impulso por la parte demandante, a los fines de cumplir con la subsanación ordenada por el Juzgado Quinto Superior de este Circuito Judicial, mediante sentencia de fecha 10 de enero de 2012, motivo por el cual este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la base de las siguientes consideraciones:
El artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”. (Negrilla añadida).
Así las cosas, tenemos que desde la última actuación de fecha 16 de julio de 2012, hasta el día de hoy 30 de abril de 2014, ha transcurrido más del año previsto en la norma antes transcrita, por lo que conforme al artículo 202 eiusdem en concordancia con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, aplicable conforme a lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, resulta forzoso declarar la perención. Así se decide.
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: La Perención de la Instancia en demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos, incoada por la ciudadana Jenny Karim Meza Pérez, titular de la cédula de identidad Nº 6.007.606; contra la Fundación Teresa Carreño, todos antes identificados. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Cúmplase.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el día treinta (30) del mes de abril de dos mil catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Juez

Abg. Melitza Guilarte Amario
El Secretario,

Abg. Manuel López

Nota: En esta misma fecha se publicó y registró la sentencia.
El Secretario,

Abg. Manuel López
MGA/ML.
Una (1) pieza.