REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 23 de abril de 2014
203º y 155º

ASUNTO: AP51-V-2014-004807

Revisadas y analizadas como han sido las actuaciones que conforman el presente procedimiento de NEGACIONES O DESACUERDOS EN AUTORIZACIONES DE VIAJE, presentada por la ciudadana NEUDIS SCARLET MEDINA CISNEROS, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.307.852, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 90.840, actuando en representación de su hija, la niña (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de diez (10) años de edad y titular de la cédula de identidad nro. V- 29.983.303, en contra del ciudadano LUIS MANUEL ESCALONA TOMASSI, titular de la cédula de identidad nro. V-8.870.987, este Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por TERMINADO el presente asunto, por cuanto el objetivo del mismo ya fue cumplido. Por tanto, se ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente expediente. Y ASI SE DECLARA.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado en el Despacho a cargo del Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, en Caracas a los 23 días del mes de abril del año dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 155° de la Federación.-
EL JUEZ
LA SECRETARIA
Dr. RONALD IGOR CASTRO ABG. ANADIS OCHOA
En la misma fecha de hoy, siendo la hora que indicó el Sistema JURIS y previo cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA
ABG. ANADIS OCHOA
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