REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, cuatro de abril de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO : KP02-V-2014-000603
Demandante: JOSÉ DEL CARMEN GUDIÑO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.416.868.
Demandado: ALEXANDRA JOSEFINA ESCALONA MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.032.322.
Beneficiarios: (Identidad Omitida según lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)
Motivo: RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA), Desistido de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
De los hechos:
En fecha 03 de Abril de 2.014, siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m.)oportunidad fijada para que tenga la Audiencia Preliminar en Fase de Mediación, entre los ciudadanos JOSÉ DEL CARMEN GUDIÑO FLORES y ALEXANDRA JOSEFINA ESCALONA MORA, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 7.416.868 y V-13.032.322, respectivamente, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se deja expresa constancia que no comparecieron ninguna de las partes, por lo que la ciudadana Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Lisbeth Leal Aguero, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la actora al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de la parte actora a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el articulo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda de Responsabilidad de Crianza (Custodia) incoada por el ciudadano JOSÉ DEL CARMEN GUDIÑO FLORES contra la ciudadana ALEXANDRA JOSEFINA ESCALONA MORA, ambos identificados en autos se declara Extinguida la Instancia, pudiendo la demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dése por terminado en el sistema Juris.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los cuatro (04) dias del mes de Abril de 2014. Años: 203º y 155º.
La Juez Tercera de Mediación y Sustanciación
Abg. Lisbeth Leal Aguero
La Secretaria
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 903-2014 y se publicó siendo las 10:26 a. m.
La Secretaria
KP02-V-2014-000603
LLA/andrea’.-
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