PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare
Guanare, 25 de abril de 2014
204º y 155º
ASUNTO: PP01-J-2014-000494
SOLICITANTES: ANAIS DEL VALLE VARGAS y GILBERT ANTONIO ROJAS GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-21.167.702 y V-19.070.980, respectivamente.
PROCEDENCIA: DEFENSORÍA PÚBLICA PRIMERA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
MOTIVO: CESIÓN DE CUSTODIA TEMPORAL (HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO)
Revisada la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA CONVENIMIENTO DE CESIÓN DE CUSTODIA TEMPORAL, suscrita por los ciudadanos: ANAIS DEL VALLE VARGAS y GILBERT ANTONIO ROJAS GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-21.167.702 y V-19.070.980, teléfonos: 0426-2308699 y 0416-9749692, respectivamente, domiciliada la primera en una finca sin nombre cerca de la bodega el ocho, sector la Crujidera casi a un kilómetro, en el Municipio Guanarito estado Portuguesa y el segundo domiciliado en Caracas Distrito Capital, edificio Yaracuy piso Mesanina, calle Quebrada Honda al lado Sinagoga; por ante la Defensa Pública Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Portuguesa, a cargo del Abogado JOSÉ GREGORIO HENRIQUEZ (encargado), sobre CESIÓN DE CUSTODIA TEMPORAL que establecen las partes en beneficio de su hijo de nombres y apellidos Identificación omitida por disposición de la Ley, de cuatro (04) años de edad, mediante el cual ambos padres llegan al siguiente acuerdo de custodia el cual consideran que es el más conveniente al interés superior de su hijo Identificación omitida por disposición de la Ley, mientras la madre mejora su estabilidad económica, en consecuencia: “La madre ciudadana ANAIS DEL VALLE VARGAS, consiente en que sea el padre GILBERT ANTONIO ROJAS GÓMEZ, quien ejerza de manera temporal la custodia de su hijo Identificación omitida por disposición de la Ley. El ciudadano GILBERT ANTONIO ROJAS GÓMEZ, acepta la delegación de custodia Temporal de su hijo mientras mejora la estabilidad económica de la madre. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño arriba identificado, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por la autoridad que le confiere la Ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN Y LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 518 y 519 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. El Tribunal deja constancia que aun habiéndose exhortado a las partes presentantes del acuerdo a la comparecencia del niño beneficiario, mediante auto de admisión dictado en fecha 22 de abril de 2014, vencido como ha sido las horas de audiencias y de despacho del día de hoy se ha verificado su incomparecencia. Se acuerda conservar el original del acuerdo en el Archivo sede de este Circuito Judicial de Protección, con sede en Guanare y expedir copias certificadas del mismo junto a las partes presentantes del acuerdo.
Jueza Segunda de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución
Abg. Francileny Alexandra Blanco Barrios
La Secretaria,
Abg. Elsy Moraima Jurado Verde.
FABB/emjv/JesúsD.
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