REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de abril de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: KP02-V-2014-001242
Visto la demanda presentada por el ciudadano JAVIER ENRIQUE CHAVEZ SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.639.745, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO ROJAS CHAVEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 119.414, en su condición de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LOS CARDENALITOS C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 15 de Febrero de 2008, bajo el N° 2, Tomo 3-A, contra la ciudadana VANESSA YADIRA CASTILLO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 19.366.431, domiciliada en la Urbanización la Isabelica Sector 4 CA Norte-Sur 6, N° 16, Parroquia Rafael Urdaneta Municipio Valencia Estado Carabobo.
Ahora bien, de la revisión detallada de la presente demanda se desprende que todos los documentos tanto públicos como privados con los cuales la parte actora fundamento su pretensión fueron consignados en copias simples señalados por el acciónate con las letras “A” y “B”; en consecuencia, al no cumplir con los requisitos exigidos por la Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 434 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 429 ejusdem, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARE INADMISIBLE la presente demanda.
Regístrese y publíquese.
Dado Firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los Veinticinco (25) días del mes de Abril del Año 2014. Años 203° y 154°………………………………………………
La Juez Titular
Abg. Marylin Martin M.- La Secretaria Titular
Abg. Mailim Briceño R.
MMM/MCBR.-
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