REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, ocho de abril del año dos mil catorce
203º y 155º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

ASUNTO: GP02-S-2014-000244
PARTE OFERENTE: TOYOSAN, C.A.
PARTE OFERIDO: RAMON ANTONIO FLORES
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Vista la transacción que antecede, suscrita por una parte la ABG. MARIA ESTELA RODRIGUEZ BOSCAN, IPSA N° 50.030, actuando en su carácter de apoderada judicial de TOYOSAN, C.A y por la otra el ciudadano RENE FLORES, C.I. N° 18.184.168, asistido por la ABOG. TEYLU SEPULVEDA, IPSA Nº 139374, diligencia constante de 06 folios y 01 folio anexo, mediante la cual celebran transacción judicial. se deja constancia que se ingresa a las 3:43 PM por el cúmulo de trabajo del día. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables, tal como consta a los autos el carácter con que actúan las partes, generando la representación de las partes así como las consecuencias jurídicas derivadas de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se ordena el cierre del expediente.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

EL SECRETARIO
ABG. DAVID ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 9:42 a. m.
EL SECRETARIO
ABG. DAVID ROJAS