Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos ROSMARY CAROLINA PACHECO Y JOSÉ ANTONIO ORTEGANO MARQUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.738.639 y 17.509.983 respectivamente, en beneficio de su hijo X, por concepto de Ofrecimiento de Obligación de Manutención. Donde el padre del niño, ciudadano José Ortegano, acordó pasarle a su hijo, la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,oo) mensuales como obligación de manutención, más el 50% de los gastos en el mes de diciembre de cada año, así como el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad, dichas cantidades de dinero se las entregare personalmente a la madre de mi hijo
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