REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, catorce de agosto de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: GP02-S-2014-000420
PARTE OFERIDA: ERICK ALBERTO MONTAGNE NAVARRO
ABOGADO ASISTENTE DE LA OFERIDA: VIRGINIA TINEO
PARTE DEMANADADA: CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A
APODERADO DEL OFERENTE: VICTORIA OLIVEROS
MOTIVO: Prestaciones sociales
Visto el escrito de transacción celebrada entre las partes y consignado el 25-06-2014, el cual fue suscrito por ambas partes, es decir, por el ciudadano, ERICK ALBERTO MONTAGNE NAVARRO, asistido por la abogada, Virginia Tineo, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 146.504 y por la otra parte, CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A representada por la abogada, Victoria Oliveros, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 144.383, quienes transaron por la cantidad de Bs. 78.472,34. Y vista la solicitud de homologación de la transacción realizada, y revisada como ha sido la misma, e igualmente visto que no es contraria derecho. En consecuencia, Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las trabajadoras y los Trabajadores, HOMOLOGA LA TRANSACCION presentada en este asunto. Déjese copia certificada de la presente decisión. ASI SE ESTABLECE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los catorce (14) días del mes de Agosto del año 2014, a las 3:20 p.m. Año 203º y 154º.
La Juez
Abg. Angélica Hernández Sánchez
La Secretaria
Abg. Anmarielly Henriquez
Se deja constancia que en el día de hoy 14 de Agosto de 2014, se publicó y diarizó la presente decisión.
La Secretaria
Abg. Anmarielly Henriquez
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