REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumana, 01 de diciembre del 2014
204° y 155°


ASUNTO: JMS1-S-6494-14
PARTES: MARCANO NUÑEZ JAURI ANTONIO Y VELIZ RODRIGGUEZ MARILYN DE LOS ANGELES.
MOTIVO: HOMOLOGACION POR REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, INTERPUESTA POR EL FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en beneficio de los hermanos: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de tres (03) años y dos (02) meses de edad.

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 16 de octubre de 2014, solicitud de homologación presentado por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos MARCANO NUÑEZ JAURI ANTONIO Y VELIZ RODRIGUEZ MARILYN DE LOS ANGELES, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.942.299 y V. 20.347.660, domiciliados en la Urb La Llanada Sector II Vereda 16 Casa N° 04 Cumaná Estado Sucre y en el Barrio Cumanagoto Norte Sector la Playa Vereda 21 Casa S/N Cumaná Estado Sucre, en relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de los hermanos: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de tres (03) años y dos (02) meses de edad, suscrito en fecha 06/10/2014 por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACION POR REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en los términos siguientes: el padre ciudadano : MARCANO NUÑEZ JAURI ANTONIO, compartirá con sus hijos cada quince días un fin de semana, los buscará los sábados a las 8:00 am, y los reintegrará al hogar materno el día domingo a las 4:00 pm, la mitad de las vacaciones escolares con el padre, cuando los niños estén en edad escolar, semana santa con el padre, carnaval con la madre; el 24 de diciembre con el padre y el 31 de diciembre con la madre; el día del padre con el padre y el día de la madre con la madre, alternándose cada año dichas fechas. En este acto interviene la ciudadana VELIZ RODRIGUEZ MARILYN DE LOS ANGELES, quien manifestó estar de acuerdo con dicho convencimiento, ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.








Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná, al primer (1°) día del mes de diciembre de 2014. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.-
LA JUEZA


La Secretaria


La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 09.40 am.

La Secretaria

MEG/milagros