REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, nueve de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º
Por recibida y vista la solicitud de NOTIFICACIÓN JUDICIAL, presentada en fecha 25 de noviembre de 2014, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil de los Juzgados de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana ISABEL FALCON, mayor de edad, de nacionalidad argentina, domiciliada en Caracas Distrito Capital, titular de la cédula de identidad Nº E-81.658726, asistida por el abogado EDISON SOLORZANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 195.550, este Juzgado pasa a proveer en relación a la solicitud presentada, previa las siguientes consideraciones:
La parte solicitante requiere que por vía de Notificación Judicial, el Tribunal se traslade a la siguiente dirección: Avenida Raúl Leoni, Residencias Los Claveles, PH, Nro.103, El Cafetal, Frente al Centro Comercial Las Americas, a los fines de notificar y hacer entrega de la comunicación dirigida a la ciudadana ELIDA ROSA CACERES PEREZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.318.541, cuya comunicación acompañaron junto al escrito de solicitud en copia simple y un cheque de gerencia Nro. 86615952 de la entidad bancaria BANCARIBE, por la suma de Bs. 53.710,27, por el cual se le pagan a la notificada sus prestaciones sociales en virtud de la finalización de la relación de trabajo como consecuencia del fallecimiento del causante PIERRE JACQUES FONTIER RENAULT.
El Tribunal, tomando en consideración los hechos sobre los cuales versa la pretendida notificación judicial, debe expresamente señalar que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 895 del Código de Procedimiento Civil, el Juez actuando en sede de Jurisdicción Voluntaria, interviene en la formación y desarrollo de situaciones jurídicas, de conformidad con las disposiciones legales, es decir, el Juez Civil, actuando en jurisdicción graciosa, está plenamente facultado para instruir notificaciones, claro está cuando tales actuaciones a favor de los intereses privados, tengan la finalidad de constituir una situación jurídica específica.
Se evidencia del escrito presentado que, la parte solicitante pretende que este Juzgado a través de una notificación judicial (jurisdicción voluntaria), realice actuaciones (por vía de notificación) a la ciudadana ELIDA ROSA CACERES PEREZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.318.541; que tienen otra vía procesal para ser acreditadas, expresamente circunscritas a una oferta de pago de prestaciones sociales.
Atendiendo a lo expuesto, resulta forzoso para este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República, declarar como en efecto declara la IMPROCEDENCIA EN DERECHO de sustanciar y tramitar –en los términos peticionados- la solicitud de NOTIFICACIÓN JUDICIAL presentada por la ciudadana ISABEL FALCON, titular de la cédula de identidad Nº E-81.658.726, asistida por el abogado EDISON SOLORZANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 195.550. Así se decide.
LA JUEZA TITULAR,

LETICIA BARRIOS RUIZ,

EL SECRETARIO ACCIDENTAL,

JUAN CARLOS CARVAJAL,
En esta misma fecha y siendo las 9:57 a.m. se publicó la anterior decisión.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

JUAN CARLOS CARVAJAL.

EXP: AP31-S-2014-010778.