REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, CINCO (05) DE DICIEMBRE DE 2014
204º Y 155


ASUNTO: KP02-S-2014-009666

Vista la Solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada en fecha 05 de noviembre del 2014, por los ciudadanos: JOSE TOMAS RODRIGUEZ Y SIGNECIA PERAZA SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros: V-2.528.587, V-6.569.073, asistidos por la abogada OLGA MARTINOC, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 136.137; este Tribunal por cuanto observa que no se dio cumplimiento al auto de fecha 24 de noviembre del 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el cual se apercibió a los solicitantes para que en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes, indicaran al Tribunal si en el lote de terreno objeto de la solicitud existe alguna actividad agrícola o pecuaria, razón por la cual este Juzgado NIEGA LA ADMISIÓN DE LA PRESENTE SOLICITUD. Así se decide.-
El Juez,
(fdo) La Secretaria
(fdo)
Abg. Alonso E. Barrios A Abg. Maryelis Duran



AEBA/MD/arlt