REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones y Responsabilidad Penal del Adolescente
Sala Primera
Valencia, 9 de Diciembre de 2014
Años 204º y 155º

ASUNTO: GP01-R-2014-000480
PONENTE: DANILO JOSÉ JAIMES RIVAS

A los fines de conocer del Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por la profesional del derecho Jesús Alberto González Leen, en su condición de Defensor Privado, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de Septiembre de 2014, por el Tribunal de Cuarto Primera Instancia en función de Ejecución de la circunscripción Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto principal N° GP01-P-2009-003339, seguido al ciudadano: DAVID ALFREDO CASTILLO MAGAÑA por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, esta Sala observa:

PRIMERO: Que el recurso de apelación fue ejercido por la profesional del derecho Jesús Alberto González Leen, en su condición de Defensor Privado, quien está legitimado para realizarlo conforme a las atribuciones que la ley le confiere.

SEGUNDO: Que la decisión impugnada fue dictada en fecha 02 de Septiembre de 2014, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Ejecución de la circunscripción Judicial Penal del Estado Carabobo, y por cuanto el recurso de apelación fue ejercido el día 22 de Octubre de 2014, al primer día hábil para interponerlo, dándose por notificado el recurrente de la presente decisión en fecha 22 de octubre de 2014, tal como lo dejó señalado en la certificación del Tribunal A quo, suscrita por la Secretaria inserto en el folio (68). Asimismo en fecha 24 de octubre de 2014, se emplazo a la Fiscal 14 del Misterio Público, presentando contestación al referido recurso de apelación en fecha 31 de octubre de 2014.

TERCERO: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa del Código Orgánico Procesal Penal o de la ley.

RESOLUCION

Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho Jesús Alberto González Leen, en su condición de Defensor Privado, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de Septiembre de 2014, por el Tribunal de Cuarto Primera Instancia en función de Ejecución de la circunscripción Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto principal N° GP01-P-2009-003339, seguido al ciudadano: DAVID ALFREDO CASTILLO MAGAÑA por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.

LOS JUECES DE LA SALA,


DANILO JOSÉ JAIMES RIVAS
PONENTE



LAUDELINA GARRIDO APONTE JOSE DANIEL USECHE ARRIETA



La Secretaria

Ana Gabriela Solórzano.-