REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 09 de enero de 2014
Años 203° y 154°

ASUNTO: AP21-R-2013-001896
PRINCIPAL: AP21-L-2012-004817

Visto la diligencia estampada en fecha 20 de diciembre de 2013, por las ciudadanas FANNY VERDES, IPSA N° 36.014, abogada apoderada judicial de la parte demandada y ciudadana GLADYS MORALES, parte actora en el presente asunto, debidamente asistida por su apoderada judicial, abogada, FABIOLA ALVAREZ, IPSA N° 49.596, mediante la cual, la parte demandada desiste del recurso de apelación interpuesto contra el fallo del Juzgado Tercero de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 03 de diciembre de 2013, ofrece a la parte actora el pago de la suma condenada en dicho fallo, y ésta lo acepta. El Tribunal, una vez efectuada la revisión del instrumento poder que cursa a los autos en el cual consta la facultad expresa para desistir, de la apoderada de la demandada, y habiendo recibido la propia parte actora la suma ofrecida y debida, imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva al desistimiento del recurso, y deja constancia del pago recibido por la parte actora; en consecuencia, ordena la remisión del asunto al Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines legales consiguientes, todo en el juicio seguido por GLADYS COROMOTO MORALES ROJAS contra la empresa GRUPO BOULLOSA, C.A., ambos identificados en autos.

EL JUEZ,

ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO

RONALD ARGUINZONES