REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 27 de Enero de 2014
Año 203° y 154°

ASUNTO N°: AP21-S-2014-000086

Vista la diligencia presentada en fecha 22 de Enero de 2014, por la abogada GABRIELA LONGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.518, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, mediante la cual consigna escrito transaccional de fecha 15 de Enero de 2014, autenticado por ante la notaria Pública Quinta del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, registrada bajo el Nº 22, Tomo 04, suscrito por la parte oferida ciudadano ANGEL HUGO MONASTERIOS TORRES, titular de la cedula de identidad N° 19.564.918, debidamente asistido por el abogado JUAN PABLO HERNANDEZ GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.535, por una parte y por la otra el abogado GILBERTO JORGE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.081, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente, sociedad mercantil YANBAL DE VENEZUELA S.A., mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 58/100 (Bs.240.499,58), por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal dos (2) juegos de copias certificadas de la presente decisión de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO


EL SECRETARIO

RAFAEL FLORES