REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL EN FUNCION DE EJECUCION Nº 3
Barquisimeto, 28 de Enero de 2014
Años: 203º y 154º
ASUNTO: KP01-P-2009-007932
EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL
Se evidencia que, {.......}, titular de la cédula de identidad {.......} fue condenada a cumplir la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COOPERADORA NO NECESARIA, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, numerales 1, 2, 3 y 5 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, en concordancia con el artículo 84 numeral 3 del Código Penal y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 del Código Penal.
Se constata según el Informe de Finalización emitido por el Delegado de Prueba, que el Penado finalizo el Cumplimiento de las Condiciones Impuesta en Forma Favorable, en Consecuencia se Declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal por Cumplimiento de la Condena de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal; Y Así se Decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a, {.......}, titular de la cédula de identidad {.......} de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa y al Penado; Líbrese oficio a los Organismos de Seguridad dejando sin efecto cualquier solicitud que presente el Up Supra en relación al presente asunto.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Oficiese.
EL JUEZ DE EJECUCION Nº 3
ABG. FRAN DANIEL MONSALBE NOGUERA
LA SECRETARIA