REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO.
203º y 154º


PARTE
DEMANDANTE: Ciudadano, JOSE DE JESUS ROA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.352.754.

ABOGADO
ASISTENTE: Abg. MARIORGA SEVILLA y YUSMELYS ROMERO, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nros. 164.402 y 164.401.

PARTE
DEMANDADA: Ciudadana, MAYRIN DELCILIA SANCHEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.151.812.

MOTIVO: DIVORCIO

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE: Nº 24.997


Este Tribunal por auto de fecha 20 de Enero de 2014, le dio entrada a la demanda remitida a este Tribunal mediante el oficio Nº 4420-1056-13, proveniente del Juzgado Quinto de los Municipios Valencia Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, asignándole el N° 24.997, que contiene la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE DE JESUS ROA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.352.754, de este domicilio, debidamente asistido por las abogadas MARIORGA SEVILLA y YUSMELYS ROMERO, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nros. 164.402 y 164.401, respectivamente, por declaratoria de incompetencia en razón de la materia.
En este sentido considerado incompetente dicho Juzgado para conocer de la presente demanda; este Tribunal al examinar las actas procesales observa: que la demanda por DIVORCIO (vía contenciosa), es un asunto en materia civil, la cual se sustancia por el procedimiento establecido en el Artículo 755 del Código de Procedimiento Civil; razón por la cual este Tribunal SE DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente demanda y ordena su continuación. Y ASÍ SE DECIDE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los Veintidos (22) días del mes de Enero de Dos mil catorce (2014). Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario