REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.


Valencia, 30 de Enero de 2014
203º y 154º


Visto el escrito de prueba presentado por la abogada MERY MEDINA SILVA, inscrita en el INPREABOGADOS bajo el Nº 16.363 en su carácter de defensora judicial de la ciudadana GLADYS FELICIA RODRIGUEZ MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-644.482, parte demandada, el Tribunal en virtud de que la admisión no se efectuó en su oportunidad legal correspondiente, entiende todas las pruebas promovidas por admitidas de conformidad con lo establecido en el artículo 399 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE.
Notifiquese a las partes.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-


Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario