REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 22 de Enero de 2014
Años 203º y 154º

ASUNTO: GP01-R-2013-000235
PONENTE: DEISIS ORASMA DELGADO

A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado ; VICTOR MANUEL RIVAS ORTEGA, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue a los ciudadanos FRANYER DE JESUS VASQUEZ ARVELO y ANTHONY YOSMAR TOVAR CARUCI, en contra de la decisión dictada en fecha 18-07-2013 por el Tribunal Noveno en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2013-008608, esta Sala observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por el Abogado; VICTOR MANUEL RIVAS ORTEGA, en su condición de Defensor Privado, quienes están legitimados para realizarlo, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 18-07-2013, quedando notificado el ciudadano Defensor Privado en fecha 23-07-2013 interponiendo el Recurso de Apelación en fecha 26-07-2013, es decir quedando notificada mediante boleta de notificación, tal y como consta en la certificación de los días de despacho inserta al folio 64 de la presente Causa, por lo tanto se considera que el recurrente ejerció el recurso al tercer día hábil.
Tercero: quedo debidamente emplazado el FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PUBLICO en fecha 26-08-2013, no dando contestación al recurso de apelación.
Cuarto: Mediante auto de fecha 10 de Enero de 2014, asume el conocimiento de la presente causa la Juez DEISIS ORASMA DELGADO, la cual fue asignada para suplir la ausencia temporal del Dr. JOSE DANIEL USECHE ARRIETA, quien se encuentra disfrutando sus vacaciones legales correspondientes.
Quinto: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION

Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado ; VICTOR MANUEL RIVAS ORTEGA, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue a los ciudadanos FRANYER DE JESUS VASQUEZ ARVELO y ANTHONY YOSMAR TOVAR CARUCI, en contra de la decisión dictada en fecha 18-07-2013 por el Tribunal Noveno en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2013-008608. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.


DEISIS ORASMA DELGADO
(PONENTE)



LAUDELINA GARRIDO APONTE DANILO JOSE JAIMES RIVAS



La secretaria
Abg. Ana solorzano