REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 22 de Enero de 2014
Años 203º y 154º
ASUNTO: GP01-R-2013-000223
PONENTE: DEISIS ORASMA DELGADO
A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado; WIDMER DAVID BARRETO VIZCARRONDO, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue al ciudadano ANAIS CAROLINA ORTEGA, en contra de la decisión dictada en fecha 11-07-2013 por el Tribunal Quinto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2013-009915, esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por el Abogado; WIDMER DAVID BARRETO VIZCARRONDO, en su condición de Defensor Privado, quien está legitimado para realizarlo, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 11-07-2013 , quedando notificada la Defensa Privada en fecha 12-07-2013 interponiendo el Recurso de Apelación en fecha 18-07-2013, tal y como consta en la certificación de los días de despacho inserta al folio 23 de la presente Causa, por lo tanto se considera que los recurrentes ejercieron el recurso en tiempo hábil de ley.
Tercero: Quedo debidamente emplazada la FISCAL SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO en fecha 21-08-2013, dando contestación al recurso el día 28-08-2013.
Cuarto: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado; WIDMER DAVID BARRETO VIZCARRONDO, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue al ciudadano ANAIS CAROLINA ORTEGA, en contra de la decisión dictada en fecha 11-07-2013 por el Tribunal Quinto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto No GP01-P-2013-009915. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.
LOS JUECES DE SALA
DEISIS ORASMA DELGADO
(PONENTE)
LAUDELINA GARRIDO APONTE DANILO JOSE JAIMES RIVAS
La Secretaria :
Abg. Ana Solorzano