REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Trece (13) de Enero de dos mil catorce
203º y 154º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-001334
PARTE ACTORA: FRANCISCO JAVIER MORENO GUEVARA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:----------------------------
PARTE DEMANDADA: GOBERNACION DEL ESTADO CARABOBO
APODERADOS DE LA DEMANDADA: ANA MARIA FREY
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


En el día de hoy, Trece ( 13 ) de Enero del año 2014, siendo las 9:00 a.m., del día y la hora fijada por este Tribunal para el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada GOBERNACION DEL ESTADO CARABOBO, a través de la abogada ANA MARIA FREY, titular de la Cédula de Identidad Nros. 17.154.701, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.637, actuando con el carácter de apoderada judicial de la demandada GOBERNACION DEL ESTADO CARABOBO, según consta en sustitución de Poder, de fecha 10 de Diciembre de 2013, el cual presenta en original y copia para que sea certificada la copia y agregada al expediente. Igualmente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 203 ° y 154 °.
EL JUEZ

ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.


ABG. APODERADA DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABG.