REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 17 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO : AP41-U-2013-000484 SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en horas de despacho del día Siete (07) de febrero de 2014, por la ciudadana abogada NAYADET MOGOLLON P, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.507.467, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 42.014, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Contribuyente y por cuanto las Pruebas contenidas en el no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN salvo su apreciación en la definitiva; La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:
CAPITULO I (MÉRITO FAVORABLE):
Se reproduce todo el mérito que se desprenda a nuestro favor en autos.

CAPITULO II (DOCUMENTALES):
Las pruebas documentales promovidas por la apoderada Judicial de la Contribuyente, se encuentran agregadas a los autos:
1) Acto administrativo contenido en la Resolución identificada SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2013000299, dictada por el Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de fecha 19 de Julio de 2013, notificada a la Contribuyente en fecha 10 de Octubre de 2013. (Folio 41 al 66)
2) Copia Simple de la Resolución No. VDF/2005/4076, 11 de julio de 2.005. (Folio 102).
LA JUEZA,

BEATRIZ B. GONZÁLEZ.- LA SECRETARIA,


YANIBEL LÓPEZ RADA.-

BBG/ja