REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de Febrero de 2014
203º y 155º

ASUNTO: AP41-U-2013-000531 SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el día diez (10) de febrero de 2014, por la ciudadana abogada MARÍA MANUELA CALVELO BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº 6.227.664, Contador Público, actuando con el carácter de apoderada judicial de la contribuyente “INVERSIONES SHALEI, C.A.”, debidamente asistida en este acto por el ciudadano JULIO JOSÉ PINEDA SOCORRO, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº 8.827.403 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.789 y por cuanto las Pruebas contenidas en el no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN salvo su apreciación en la definitiva; La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:
CAPITULO I (MÉRITO FAVORABLE):
Se reproduce y ratifica íntegramente el mérito probatorio que se desprende de las actas procesales a favor de la Contribuyente.

CAPITULO II (PRUEBA DE INFORMES):

1.1 PRUEBA DE INFORMES AL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (C.N.E)

De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, solicita se oficie al Consejo Nacional Electoral (C.N.E), en la persona de su Presidente Ciudadana Tibisay Lucena Ramírez, a la siguiente dirección: Centro Simón Bolívar, Edificio Sede del Consejo Nacional Electoral, frente a la Plaza Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital - Caracas, Venezuela; a los efectos que dicho Despacho informe por escrito sobre los Particulares señalados en el escrito de Promoción de Pruebas.

1.2 PRUEBA DE INFORMES AL SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERIA (SAIME).

De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, solicita se oficie al Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME), en la persona de su Director Ciudadano Juan Carlos Dugarte, a la Siguiente Dirección: Sede Central localizada en la avenida Baralt frente a la Plaza Miranda, Edificio 1000, Municipio Libertador del Distrito Capital – Caracas Venezuela, a los efectos que dicho Despacho informe por escrito sobre los Particulares señalados en el escrito de Promoción de Pruebas.

1.3 PRUEBA DE INFORMES AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN (MPPE):

De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, solicita se oficie al Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE), en la persona de su Ministro ciudadano Héctor Rodríguez, a la siguiente Dirección Esquina de Salas a Caja de Agua, Edificio Sede del MPPE, Parroquia Altagracia, Municipio Libertador del Distrito Capital – Caracas, Venezuela, a los efectos que dicho Despacho informe por escrito sobre los Particulares señalados en el escrito de Promoción de Pruebas.

1.4 PRUEBA DE INFORMES AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE (MINAMN):

De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, solicita se oficie al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (MINAMN), en la persona de su Ministro Ciudadano Miguel Leonardo Rodríguez, a la siguiente Dirección: Centro Simón Bolívar (CSB) Torre Sur, Municipio Libertador del Distrito Capital- Caracas, Venezuela, a los efectos que dicho Despacho informe por escrito sobre los Particulares señalados en el escrito de Promoción de Pruebas.




1.5 PRUEBA DE INFORMES A LA SOCIEDAD DE COMERCIO CLINICA SANATRIX, C.A.

De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, solicita se oficie a la Sociedad de Comercio denominada Clinica Sanatrix, C.A. en la persona de sus directores y/o Jefe de Personal, a la siguiente dirección: Urbanización Campo Alegre, 4ta Avenida cruce con calle 2, Municipio Chacao del Estado Miranda Caracas, Venezuela, a los efectos que dicho Despacho informe por escrito sobre los Particulares señalados en el escrito de Promoción de Pruebas.

1.6 PRUEBA DE INFORMES A LA CAMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL:

De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, solicita se oficie a la Cámara Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital, en la persona de sus Directores y/o Jefe de Personal a la siguiente Dirección: Avenida Norte Sur 4, Cruce con Avenida Lecuna, entre Esquinas de Reducto y Glorieta. Edificio Glorieta, Piso 1 Parroquia Santa Teresa, Municipio Libertador, Caracas – Venezuela, a los efectos que dicho Despacho informe por escrito sobre los Particulares señalados en el escrito de Promoción de Pruebas.

1.7 PRUEBA DE INFORMES A LA SOCIEDAD DE COMERCIO KALUCA EXPRESS, C.A.

De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, solicita se oficie a la Sociedad de Comercio denominada KALUCA EXPRESS, C.A. en la persona de sus Directores y/o Jefe de Personal, a la siguiente Dirección Centro Comercial Macaracuay Plaza, Piso 2, Torre A, Of. 2A Municipio Sucre del Estado Miranda, Caracas – Venezuela, a los efectos que dicho Despacho informe por escrito sobre los Particulares señalados en el escrito de Promoción de Pruebas.

CAPITULO III (PRUEBA DE EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS):

De conformidad con lo previsto en el Artículo. 436 del Código de Procedimiento Civil la Contribuyente “INVERSIONES SHALEI, C.A.” solicita se intime mediante Boleta al Jefe o jefa de la Oficina Administrativa de Chacao del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) en la siguiente dirección: Avenida Francisco de Miranda, Torre KPMC, Planta Baja, Oficina Administrativa de Chacao del IVSS (al lado del Banco del Tesoro), Municipio Chacao del Estado Miranda. Caracas – Venezuela, a los fines de que dicho Instituto exhiba los documentos que cursan en el Expediente Administrativo. Para que en un lapso de Quince (15) días de Despacho siguientes a la consignación de dicha Boleta, Exhiba la documentación especificada en el escrito de Promoción de Pruebas
LA JUEZA,


BEATRIZ B. GONZÁLEZ.- LA SECRETARIA,


YANIBEL LÓPEZ RADA.-




BBG/ja