PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare
Guanare, 17 de febrero de 2014
203º y 154º
ASUNTO N°: PP01-J-2014-000169
SOLICITANTES: HEBER LUIS MORILLO GIMÉNEZ y ROSMARY JOSEFINA MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-16.645.519 y V-18.297.237, respectivamente.
PROCEDENCIA: DEFENSORÍA MUNICIPAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES ADSCRITA A LA FUNDACIÓN REGIONAL DEL NIÑO SIMÓN DE GUANARE DEL ESTADO PORTUGUESA.
MOTIVO: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR (HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO).
Revisada la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR suscrita por los ciudadanos HEBER LUIS MORILLO GIMÉNEZ y ROSMARY JOSEFINA MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-16.645.519 y V-18.297.237, respectivamente, por ante la Defensoría Municipal de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes adscrita a la Fundación Regional del Niño Simón de Guanare del Estado Portuguesa, sobre la fijación del RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, que establecen de común acuerdo ambos progenitores en beneficio de su hijo que lleva por nombre y apellidos Identificación omitida por disposición de la Ley, de cinco (05) años de edad, quedando establecido de la siguiente manera: PRIMERO: El ciudadano HEBER LUIS MORILLO GIMÉNEZ, buscará a su hijo semanalmente, los días viernes a las 02:00 p.m., y lo regresará los días domingos a las 05:00 p.m. Se aclara que buscará a su hijo Identificación omitida por disposición de la Ley, en casa de su madre la ciudadana ROSMARY JOSEFINA MONTILLA, dicho régimen comenzará a ser efectivo el día 14/02/2014. SEGUNDO: Durante las vacaciones escolares, carnaval, semana santa, navidad, año nuevo y días feriados, las partes se pondrán de acuerdo previamente para establecer y acordar la manera y forma de disfrute de éstos días con su hijo, el mismo debe ser igualitario y equilibrado para beneficiar el desarrollo afectivo y emocional de ROIBER GHEBRIEL MORILLO MONTILLA. TERCERO: Se acota que si un fin de semana que el ciudadano HEBER LUIS MORILLO GIMÉNEZ le corresponda buscar a su hijo, tiene compromisos laborales, no podrá compartir con él y lo hará el fin de semana siguiente o el que tenga libre. Ahora bien, por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño arriba identificada, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN Y LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 518 y 519 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda conservar el original del acuerdo en el Archivo sede de este Circuito Judicial de Protección, extensión Guanare y expedir dos (02) copias certificadas del mismo junto con la presente homologación a las partes presentantes del acuerdo una vez conste en autos los emolumentos necesarios para su reproducción.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación y Ejecución
Abg. FRANCILENY ALEXANDRA BLANCO BARRIOS
El Secretario Temporal,
Abg. Oswaldo José Hernández Terán.
FABB/ojht/M. Alej.-
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