REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de febrero de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO : KP02-V-2013-003816
Visto el DESISTIMIENTO de fecha 06/02/2014, presentada por el Abogado REINAL PEREZ VILORIA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.596, procediendo en este acto como apoderado Judicial de “INVERSIONES HAVA 2002, C.A.”, Sociedad de Comercio inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, en fecha 30/01/2002, bajo el Nº 47, Tomo 2-A y según acta de socios de fecha 25/02/2008, bajo el Nº 52, Tomo 8-A y debidamente autorizado por este acto por su Director Principal ciudadano VLADIMIR ILICH ARCILA OSPINA, titular de la Cedula de Identidad Nº 26.005.309, en el presente juicio por EJECUCION DE HIPOTECA, intentada por INVERSIONES HAVA 2002, C.A. contra el ciudadano RAYMOND ESCHENAZI MARTINEZ donde DESISTE DE LA ACCION EJERCIDA EN ESTE PROCESO, y siendo que el anterior desistimiento se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se acuerda suspender la medida de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este tribunal en el cuaderno separado de medidas signado bajo el Nº KH01-X-2013-000128, en fecha 07/01/2014, con oficio Nº 0900-00001, sobre el siguiente inmueble: Una parcela de terreno ubicada en la Carrera 18 entre Calles 12 y 13, Parroquia Catedral , Municipio Iribarren del Estado Lara, con un área de Mil Seiscientos cinco Metros Cuadrados con Cuarenta y Seis Centímetros (1.605,46 Mts2), enclavada dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: En Tres líneas la primera de Veinte Metros con Setenta y Nueve Decímetros (20,79), la segunda en Cuatro Metros con Cincuenta decímetros (4,50 Mts), y la tercera con Dieciocho Metros con Diez Decímetros (18,10 Mts), con la quebrada desagüe; SUR: En Dos líneas la primera de Veinte Metros con Cuarenta Decímetros (20,40 Mts), y la segunda de Veinte Metros con Setenta Decímetros con la Carrera 18 que es su frente; ESTE: En una línea de Veintinueve Metros con Cincuenta y Cinco Decímetros (29,55 Mts), con terrenos ocupados por Concepción Aguilar; y OESTE: En una línea de Cincuenta Metros con Cuarenta Decímetros (50,40 Mts), con la Calle 13, según consta de documento público asentado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 25/06/2012, bajo el Nº 2012.804, Asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 362.11.2.1.3152 y correspondiente al Libro de Folio real del año 2012, en consecuencia líbrese oficio a la Oficina de Registro antes indicada. Expídanse copias certificadas y agréguese una al cuaderno separado de medidas signado bajo el Nº KH01-X-2013-000128. Se da por terminado, archívese el expediente en su oportunidad para su guarda y custodia.-
La Juez., La Secretaria.,
Abg. Eunice B. Camacho Manzano Abg. Bianca Escalona
Seguidamente se libró oficio Nº 0900-134 al Registrador correspondiente y se libraron copias certificadas.
EBCM/BE/ij
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