REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 4

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA N° 4


Caracas, 30 de Julio de 2014
204º y 155º


AUTO DE ADMISIÓN
Ponente: DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA
Causa: 3570-14 (As)


Corresponde a esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, decidir conforme al artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal con relación a la Admisibilidad o No del Recurso de Revisión de Sentencia, interpuesto por la ciudadana ALEJANDRA FUNES, Defensora Pública Décima Tercera (13°) Penal en fase de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de defensora de la ciudadana KATTY RAFAELA FLORES LOZADA, con fundamento en lo establecido en el artículo 462 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 09 de febrero de 2010, a cargo de la Juez NORMA CEIBA, mediante la cual Condenó a la ciudadana KATTY RAFAELA FLORES LOZADA, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y a las penas accesorias establecidas en el articulo 16 numeral 1 del Código Penal.

Para decidir, esta Sala observa:

El artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, dispone lo siguiente:

...Causales de Inadmisibilidad. La corte de apelaciones sólo podrá declarar inadmisible el recurso por las siguientes causas:

a. Cuando la parte que lo interponga carezca de legitimación para hacerlo;

b. Cuando el recurso se interponga extemporáneamente;

c. Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable o irrecurrible por expresa disposición de este Código o de la Ley.

Fuera de las anteriores causas, la Corte de Apelaciones, deberá entrar a conocer el fondo del recurso planteado y dictará la decisión que corresponda.

En atención a la norma anteriormente transcrita, esta Corte de Apelaciones observa:

PRIMERO: Literal a. La ciudadana ALEJANDRA FUNES, Defensora Pública Décima Tercera (13°) Penal en fase de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensora de la ciudadana KATTY RAFAELA FLORES LOZADA, posee la legitimidad requerida para interponer el Recurso de Revisión de Sentencia en contra Sentencia dictada por el Juez de Control, tal y como consta en el acta de aceptación y juramentación del cargo que riela en el folio 13 de la segunda pieza del expediente original.

SEGUNDO: Literal b. Asimismo, que el presente recurso fue interpuesto dentro del lapso legal correspondiente, toda vez que el mismo procederá en todo tiempo y únicamente a favor del imputado o imputada.

TERCERO: Literal c. Que la decisión contra la cual se ejerce el recurso en cuestión, no es de aquellas decisiones irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley.

En el mismo orden de ideas, artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, establece la procedencia de la revisión de la Sentencia Firme, en varios casos, entre los cuales tenemos el numeral 6 que dispone:

“…6. Cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho el carácter de punible o disminuya la pena establecida.”


Así las cosas, cumplidos como han sido los requisitos para la admisión del recurso, resulta procedente y ajustado a derecho ADMITIR el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por la ciudadana ALEJANDRA FUNES, Defensora Pública Décima Tercera (13°) Penal en fase de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de defensora de la ciudadana KATTY RAFAELA FLORES LOZADA, con fundamento en lo establecido en el artículo 462 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 09 de febrero de 2010, a cargo de la Juez NORMA CEIBA, mediante la cual Condenó a la ciudadana KATTY RAFAELA FLORES LOZADA, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y a las penas accesorias establecidas en el articulo 16 numeral 1 del Código Penal; en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 447 de la norma adjetiva penal para el Décimo (10mo.) día hábil a partir de la fecha del presente auto de admisión, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictar la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente. Y ASI SE DECIDE.

Igualmente los Profesional del Derecho DAMIAN JESUS CORREA VELASQUEZ y HECTOR JOSE RAMIREZ RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Interino de la Fiscalía Octogésima Segunda (82°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en materia de Ejecución de la Sentencia, consignaron ante el Tribunal Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de julio de 2014, escrito de contestación al Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por la ciudadana ALEJANDRA FUNES, Defensora Pública Décima Tercera (13°) Penal en fase de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de defensora de la ciudadana KATTY RAFAELA FLORES LOZADA, habiendo transcurrido un (01) DÍAS HABILES, tal y como consta al computo cursante en la pieza tres al folio 311, es por lo que esta Alzada ADMITE la contestación del recurso de revisión de sentencia. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA


Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, ADMITE el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por la ciudadana ALEJANDRA FUNES, Defensora Pública Décima Tercera (13°) Penal en fase de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de defensora de la ciudadana KATTY RAFAELA FLORES LOZADA, con fundamento en lo establecido en el artículo 462 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 09 de febrero de 2010, a cargo de la Juez NORMA CEIBA, mediante la cual Condenó a la ciudadana KATTY RAFAELA FLORES LOZADA, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y a las penas accesorias establecidas en el articulo 16 numeral 1 del Código Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 447 de la norma adjetiva penal para el Décimo (10mo.) día hábil a partir de la fecha del presente auto de admisión, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictar la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente.

Asimismo, se Admite el escrito de Contestación interpuesto por el los Profesional del Derecho DAMIAN JESUS CORREA VELASQUEZ y HECTOR JOSE RAMIREZ RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Interino de la Fiscalía Octogésima Segunda (82°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas con Competencia n materia de Ejecución de la Sentencia.

Regístrese, publíquese, diarícese y Notifíquese a las partes.

LA JUEZ PRESIDENTE
(PONENTE)


DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA


EL JUEZ INTEGRANTE EL JUEZ INTEGRANTE


DR. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO DR. ALVARO HITCHER MARVALDI


LA SECRETARIA


ABG. LILIANA VALLENILLA


CAUSA N° 3570-14 (As)
CMT/JMJA/AHM/LV/yusmary.-