QUÍBOR, 23DE JULIO DE 2014.
203° Y 155°



SOLICITUD Nº 182-2013.

SOLICITANTE: MARTINEZ MARIA AUXILIADORA, MARTINEZ MARIA YOLANDA, TORREALBA MARTINEZ MARIA ALBERTINA, TORREALBA MARTINEZ AQUILIO RAFAEL, TORREALBA DE HERNANDEZ MARIA ANTONIA, TORREALBA MARTINEZ RUFINO ANTONIO, TORREALBA MARTINEZ ANA ROSA, TORREALBA MARTINEZ ROSA VIRGINIA, TORREALBA MARTINEZ RITO GUZMAN, TORREALBA MARTINEZ JOSE GREGORIO, TORREALBA MARTINEZ GLADYS DEL CARMEN Y TORREALBA MARTINEZ JOSE LUIS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nro.2.604.183 Nro.V-2.603.370, Nro. V-3.759.744, Nro. V-3.875.091, Nro. V-3.759.750, Nro. V-3.759.752, Nro.V-7.468.773, Nro. V-9.573.711, Nro. V-7.987.613, Nro. V-10.122.373, Nro.V-10.121.160 y Nro. V-12.369.157, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE: ELSA GABRIELA PEREZ PERDOMO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro.136.046.
DE CUJUS: RITA SEGUNDA MARTINEZ BARRETO (DIFUNTO)
SOLICITUD: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

• Folios 01: Se inicia la presente Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, solicitada por los ciudadanos MARTINEZ MARIA AUXILIADORA, MARTINEZ MARIA YOLANDA, TORREALBA MARTINEZ MARIA ALBERTINA, TORREALBA MARTINEZ AQUILIO RAFAEL, TORREALBA DE HERNANDEZ MARIA ANTONIA, TORREALBA MARTINEZ RUFINO ANTONIO, TORREALBA MARTINEZ ANA ROSA, TORREALBA MARTINEZ ROSA VIRGINIA, TORREALBA MARTINEZ RITO GUZMAN, TORREALBA MARTINEZ JOSE GREGORIO, TORREALBA MARTINEZ GLADYS DEL CARMEN Y TORREALBA MARTINEZ JOSE LUIS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nro.2.604.183 Nro.V-2.603.370, Nro. V-3.759.744, Nro. V-3.875.091, Nro. V-3.759.750, Nro. V-3.759.752, Nro.V-7.468.773, Nro. V-9.573.711, Nro. V-7.987.613, Nro. V-10.122.373, Nro.V-10.121.160 y Nro. V-12.369.157, de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio ELSA GABRIELA PEREZ PERDOMO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro.136.046. Anexos: 02 al 28.
• Folio 29 al 37: En Fecha 12-03-13, se le dio entrada a la presente causa, en fecha 17 de octubre de 2013, consta diligencia de la abogada solicitante, consignando partidas de nacimiento y en fecha 05 de febrero de 2014, Admite la presente Solicitud, se libro Boleta para la Notificación del Fiscal de Familia, folio 38 y se libro Edicto, Folio 39.
• Folio 40: En fecha 07-02-2014, consta diligencia de la abogado solicitante mediante la cual retira el edicto.
• Folio 41 y 42: En fecha 24-02-2014, consta Declaración de testimoniales.
• Folio 43: En fecha 10-03-2014, Auto del tribunal, mediante el cual se Agrega Boleta de Notificación debidamente firmada, fechada y sellada por la Fiscal de Familia Décima Quinta del Ministerio Público. Anexo folio 44.
• Folio 45: consta de fecha 17 de marzo de 2014, diligencia incoada por la abogada en ejercicio Maria Aldana mediante la cual consigna el edicto. Folio 46.
• Folio 47, En fecha 10-06-2014, consta auto del tribunal mediante el cual se corrige la foliatura.
• Folio 48: Consta diligencia de la abogado solicitante mediante la cual consigna acta de defunción rectificada y fotocopia de la cedula de la de cujus. Folio 49 y 50.
• Folio 51: En fecha 06-06-2014, Auto del tribunal, mediante el cual se Agrega Boleta de Notificación debidamente firmada, fechada y sellada por la Fiscal de Familia del Ministerio Público. Anexo folio 42

UNICO
Vista la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, incoada por los ciudadanos MARTINEZ MARIA AUXILIADORA, MARTINEZ MARIA YOLANDA, TORREALBA MARTINEZ MARIA ALBERTINA, TORREALBA MARTINEZ AQUILIO RAFAEL, TORREALBA DE HERNANDEZ MARIA ANTONIA, TORREALBA MARTINEZ RUFINO ANTONIO, TORREALBA MARTINEZ ANA ROSA, TORREALBA MARTINEZ ROSA VIRGINIA, TORREALBA MARTINEZ RITO GUZMAN, TORREALBA MARTINEZ JOSE GREGORIO, TORREALBA MARTINEZ GLADYS DEL CARMEN Y TORREALBA MARTINEZ JOSE LUIS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nro.2.604.183 Nro.V-2.603.370, Nro. V-3.759.744, Nro. V-3.875.091, Nro. V-3.759.750, Nro. V-3.759.752, Nro.V-7.468.773, Nro. V-9.573.711, Nro. V-7.987.613, Nro. V-10.122.373, Nro.V-10.121.160 y Nro. V-12.369.157, de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio ELSA GABRIELA PEREZ PERDOMO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro.136.046, en donde pide a este Tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 936 del código de procedimiento civil, le DECLARE COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara RITA SEGUNDA MARTINEZ BARRETO (DIFUNTA), a los siguientes ciudadanos MARTINEZ MARIA AUXILIADORA, MARTINEZ MARIA YOLANDA, TORREALBA MARTINEZ MARIA ALBERTINA, TORREALBA MARTINEZ AQUILIO RAFAEL, TORREALBA DE HERNANDEZ MARIA ANTONIA, TORREALBA MARTINEZ RUFINO ANTONIO, TORREALBA MARTINEZ ANA ROSA, TORREALBA MARTINEZ ROSA VIRGINIA, TORREALBA MARTINEZ RITO GUZMAN, TORREALBA MARTINEZ JOSE GREGORIO, TORREALBA MARTINEZ GLADYS DEL CARMEN Y TORREALBA MARTINEZ JOSE LUIS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nro.2.604.183 Nro.V-2.603.370, Nro. V-3.759.744, Nro. V-3.875.091, Nro. V-3.759.750, Nro. V-3.759.752, Nro.V-7.468.773, Nro. V-9.573.711, Nro. V-7.987.613, Nro. V-10.122.373, Nro.V-10.121.160 y Nro. V-12.369.157, de este domicilio, respectivamente con relación a los bienes que le pueda corresponder en su condición de tal, este Tribunal realiza las siguientes consideraciones:
Vistos así mismo los recaudos acompañados con dicha solicitud, consistente en:
1. Original de Acta de Defunción del Ciudadano RITA SEGUNDA MARTINEZ BARRETO (DIFUNTA)
2. Copia de la cédula de Identidad de los solicitantes y del De Cujus.
3. Partida de Nacimiento en original de los solicitante y copia del rif.

Este Tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficiente en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones conteste y apreciables de los testigos, evacuadas por ante este Tribunal de los ciudadanos: MILEIDA COROMOTO ACOSTA, mayor de edad, venezolana, mayor de edad, titular de Cedula de Identidad Nº V-15.412.989 y ADRIANA DEL VALLE FREITEZ ARANGUREN, mayor de edad, venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.273.057, quienes estuvieron contestes en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos y quienes se aprecian como idóneos de conformidad con lo previsto en el articulo 508 del Código de Procedimiento Civil, así como también los documentos públicos acompañados a la solicitud, el edicto publicado cursante al folio 46, los cuales se aprecian por el Tribunal en todo su valor probatorio de conformidad con los artículos 1359 y 1360, del Código Civil Vigente, se declara que se encuentra plenamente demostrado lo alegado por los solicitantes en su escrito, y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que el de cujus no ha tenido otra descendencia, ni legitima, ni natural, esta operadora de justicia en consecuencia, considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el articulo 936 del código de procedimiento civil, para declararlas como titulo asegurativo al derecho que le asiste a los solicitantes en su condición de hijos como Únicos Y Universales Herederos, de quien en vida se llamara RITA SEGUNDA MARTINEZ BARRETO (DE CUJUS), por lo tanto la presente solicitud debe prosperar. ASÍ SE DECIDE.
Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937, del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada Justificación y DECLARA a los ciudadanos MARTINEZ MARIA AUXILIADORA, MARTINEZ MARIA YOLANDA, TORREALBA MARTINEZ MARIA ALBERTINA, TORREALBA MARTINEZ AQUILIO RAFAEL, TORREALBA DE HERNANDEZ MARIA ANTONIA, TORREALBA MARTINEZ RUFINO ANTONIO, TORREALBA MARTINEZ ANA ROSA, TORREALBA MARTINEZ ROSA VIRGINIA, TORREALBA MARTINEZ RITO GUZMAN, TORREALBA MARTINEZ JOSE GREGORIO, TORREALBA MARTINEZ GLADYS DEL CARMEN Y TORREALBA MARTINEZ JOSE LUIS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nro.2.604.183 Nro.V-2.603.370, Nro. V-3.759.744, Nro. V-3.875.091, Nro. V-3.759.750, Nro. V-3.759.752, Nro.V-7.468.773, Nro. V-9.573.711, Nro. V-7.987.613, Nro. V-10.122.373, Nro.V-10.121.160 y Nro. V-12.369.157, respectivamente, de este domicilio de quien en vida respondía al nombre de RITA SEGUNDA MARTINEZ BARRETO (DE CUJUS), quien portaba la cédula de identidad Nro.3.757.027,- Tómese debida nota en el libro Diario llevado por el Tribunal. Déjese Copia y devuélvase original con sus resultas.
LA JUEZA PRIMERA

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA ACCIDENTAL

ABOG. MARIELVIS BASTIDAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve original. Conste.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL

ABOG. MARIELVIS BASTIDAS