JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONTES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANACOA, ONCE DE JULIO DE DOS MIL CATORCE.
204° y 155°

Vista la solicitud, recaudos y las declaraciones de los testigos, ciudadanos JOSÉ LUÍS ACEVEDO NATERA y CRUZ BAUTISTA SÁNCHEZ AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad números V- 8.654.599 y 8.444.834; respectivamente; rendidas por ante este Tribunal a solicitud de la ciudadana JESSIKA ANDREINA PEREZ ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 23.805.695, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por el Abogado CARLOS PEREZ ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85188; mediante la cual piden al Tribunal se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes, para asegurarles el derecho que le corresponde a la ciudadana JESSIKA ANDREINA PEREZ ACOSTA, titular de la cedula de identidad N° V- 23.805.695 en su condición de HIJA como UNICA y UNIVERSAL HEREDERA del causante FERMINA COROMOTO PEREZ ACOSTA, quien fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 6.380.169. Y por cuanto los mencionados testigos están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes, los particulares a que se refiere la presente solicitud, este Tribunal, procediendo de acuerdo con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, declara BASTANTES y SUFICIENTES estas actuaciones, para asegurarle a la ciudadana JESSIKA ANDREINA PEREZ ACOSTA; ya identificada; en su condición de HIJA como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus, FERMINA COROMOTO PEREZ ACOSTA, quien fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 6.380.169. Se devuelven estas diligencias originales con sus resultas, constante de dieciocho (18) folios útiles. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente solicitud a los fines de su archivo.
LA JUEZ TEMPORAL,


Dra. INÉS GÓMEZ GUZMÁN.

LA SECRETARIA,



ADA GRICELDA SÁNCHEZ.










Solic. 022-14
IGG/maría