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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de 	Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, Diez (10) de julio de dos mil catorce (2014)
 204º y 155º
 
 ASUNTO: AP31-S-2014-005979
 
 Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos OSCAR ENRIQUE RUIZ CORSO y YERIKA KATERINA PACHECO RIVEROS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad números V-14.954.546 y V-16.682.577,respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Alexis José Manzano Iriza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 163.557; este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos OSCAR ENRIQUE RUIZ CORSO y YERIKA KATERINA PACHECO RIVEROS, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 4 de julio de 2014, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
 EL JUEZ,
 
 NELSON GUTIERREZ CORNEJO
 
 LA SECRETARIA TEMPORAL
 
 MAYQUIHUVYS QUINTERO.
 NGC/MQ/Mónica M.
 
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