REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Barquisimeto, 10 de julio del 2014
Años: 204° y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2010-006632
Visto el escrito consignado por la Defensa Pública Abg. Gabriel Pérez Collantes, de la penada ELIANA PATRICIA AMARO ALVARADO, mediante el cual anexa convocatoria por la Dirección del Plantel, en ocasión a la realización de acto de grado de educación primaria, a realizarse el día 28/07/2014, y expone: “(…) solicito su valoración sobre la autorización de traslado para tales fines.” Este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, considera improcedente el permiso solicitado, por cuanto no está previsto en el Código Orgánico Procesal y la penada se encuentra bajo el control y la responsabilidad del Ministerio Para el Poder Popular del Servicio Penitenciario. Notifíquese. Líbrese boletas. Registrado en esta misma fecha. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN
ABG. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ LA SECRETARIA,
RCV.-