REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dieciséis (16) de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO:
DEMANDANTE:
DEMANDADO: SERVICIOS TECNIVOS RIMA, C.A
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Vista la transacción celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa en fecha 26 de Junio de 2014, se Homologa la misma, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente. Hágase la anotación en el libro de entradas y salidas
LA JUEZ,
Abg. KYBELE K. CHIRINOS MONTES
LA SECRETARIA,
Abg. DAYANA TOVAR
|