REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Veintiuno (21) de Julio de 2014
203° Y 155°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2013-001399
PARTE ACTORA: HECTOR CAZORLA GIL y OMAR MORILLO BOLIVAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOENNY SUÁREZ
PARTE DEMANDADA: COLGATE PALMOLIVE, C.A. y SERVICIO ORTEGA SORTCA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BRUNA CASAGRANDE
MOTIVO: BENEFICIOS LABORALES
Vistas las diligencias que anteceden, suscritas por los ciudadanos OMAR MORILLO BOLIVAR y HECTOR CAZORLA GIL, asistidos por las abogadas en ejercicio YORDANNY MATA y NAYARI LIZARAZO, inscritas en el IPSA bajo los Nros. 213.771 y 196.887, respectivamente, en su carácter de parte actora, mediante la cual desistieron del procedimiento instaurado, este Tribunal antes de pronunciarse observa lo siguiente:
Que no se han vulnerado los derechos irrenunciables de los trabajadores derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, en consecuencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ.,
Abg. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.
La secretaria.,
Abg. María Luisa Mendoza
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