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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo
 del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, once (11) de junio de dos mil catorce (2014)
 204º y 155º
 
 ASUNTO: AP21-S-2014-001561
 
 Vista la diligencia de fecha 06 de junio de 2014, presentada por el abogado NELSON OSÍO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.022, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente,  mediante la cual desiste del presente procedimiento; en consecuencia visto el desistimiento del procedimiento presentado por el apoderado judicial de la parte oferente, quien se encuentra debidamente facultado para ello; y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público, lo HOMOLOGA, dándole efecto de cosa Juzgada. Y así se decide.
 
 LA JUEZ
 
 NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
 LA SECRETARIA
 
 MARIA DÁVILA
 
 
 Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
 
 LA SECRETARIA
 
 MARIA DÁVILA
 
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