REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once (11) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: AP21-S-2014-001561
Vista la diligencia de fecha 06 de junio de 2014, presentada por el abogado NELSON OSÍO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.022, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, mediante la cual desiste del presente procedimiento; en consecuencia visto el desistimiento del procedimiento presentado por el apoderado judicial de la parte oferente, quien se encuentra debidamente facultado para ello; y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público, lo HOMOLOGA, dándole efecto de cosa Juzgada. Y así se decide.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
MARIA DÁVILA
Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
MARIA DÁVILA
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