REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 13 de Junio de 2014
Año 204° y 155°

ASUNTO N°: AP21-S-2014-002120

Visto el escrito transaccional de fecha 09 de Junio de 2014, suscrito por la parte oferida ciudadano CARLOS JAVIER MACHADO PIRE, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 20.249.367, debidamente asistido por el abogado JESUS RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.027, por una parte y por la otra el abogado HENRY SANABRIA NIETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.596, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente, sociedad mercantil INVERSIONES CHARDENIS, C.A., mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de SEIS MIL SEISCIENTOS DIEZ BOLIVARES CON 75/100 (Bs.6.610,75) cancelados mediante cheque Nº 34321279, girado contra el Banco Banesco, de fecha 22 de Mayo de 2014, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal dos (2) juegos de copias certificadas de la presente decisión de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO

EL SECRETARIO

RAFAEL FLORES