| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
 Caracas, dos (2) de junio de dos mil catorce (2014)
 204º y 155º
 
 ASUNTO: AP51-R-2014-009713
 
 Vista la diligencia  de fecha quince (15) de mayo de 2014, suscrita por la abogada MARIA PEÑA FERNANDEZ, Defensora Pública Auxiliar Primera (1°) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y consignada por ante el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito de Protección, y posteriormente remitido ante este Juzgado en fecha 28/05/2014 mediante oficio Nº 12859,  el cual es del tenor siguiente “…Ciudadano Juez, concurro ante su digno juzgado a con el objeto de notificar mi voluntaria decisión de DESISTIR del Recurso de Apelación que consigne en la presente causa, y por ende de posteriores acciones que pudiera intentar en este asunto…” este Tribunal Superior Cuarto (4°) administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO en los mismos términos y condiciones expuesto por ello.
 PUBLIQUESE Y REGISTRESE
 Dada, firmada y sellada en este Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial del Tribunal de  Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En caracas, a los dos (2) días del mes de Junio de dos mil catorce (2014). Años 204° de la Independencia 155° de la Federación.
 LA JUEZ
 
 ABG. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS
 LA SECRETARIA
 
 ABG. NELLY GEDLER MENDOZA
 
 
 
 JOC/NGM/jart
 AP51-R-2014-009713
 
 
 |