REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : KP02-T-2014-000019
Vista la anterior demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADO POR ACCIDENTE DE TRANSITO presentada por el ciudadano EZEQUIEL PASTOR ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.434.233, abogado, inscrito en el IPSA bajo los N° 127.503, contra la ciudadana, YECCENIA MARLENE HERNANDEZ DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.434.233, el Tribunal observa que, no fue consignado el documento fundamental de la acción como lo es el Certificado de Registro de Vehiculo, por lo que es forzoso declararla Inadmisible de conformidad con los Artículos 340 ordinal 6 y 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia y en consideración a los razonamientos expuestos, este Tribunal actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADO POR ACCIDENTE DE TRANSITO, interpuesta por el ciudadano EZEQUIEL PASTOR ARANGUREN anteriormente identificado.
Publíquese y Regístrese.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto once (11) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014). Años: 204º y 155º.
EL JUEZ
ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA,
AUDREY LORENA PINTO
LFMA/ALP/Fji
En la misma fecha se publicó, siendo las 01:53 p.m.
La Sec.,
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