REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : KP02-S-2013-005561
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano: JOSE MARTIN PERAZA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.322.290, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio GERARDO ALCALA, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro 23.496, y evacuados los testigos este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante JOSE MARTIN PERAZA, ya identificado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificado en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno EJIDO cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del ciudadano JOSE MARTIN PERAZA, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ
ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA.
LA SECRETARIA,
AUDREY LORENA PINTO.
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
LFMA/ALP/ccm.
LA SECRETARIA,
AUDREY LORENA PINTO
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