REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : KP02-S-2014-002830
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: CARMEN TEREZA ANZOLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.535.533, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio REYNALDO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro 190.744, y evacuados los testigos por ante este Tribunal el mismo considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante CARMEN TEREZA ANZOLA, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificada en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana CARMEN TEREZA ANZOLA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ,
ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA.
LA SECRETARIA,
AUDREY LORENA PINTO.
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
LFMA/ALP/ccm.
LA SECRETARIA,
AUDREY LORENA PINTO
|